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Funciones
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Seguridad Privada
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La DICSCAMEC propone y aplica los lineamientos de política relativos al control de los servicios de seguridad privada.
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Expide, amplía, renueva y/o cancela licencias de funcionamiento y aplica las sanciones correspondientes por las infracciones a la legislación vigente.
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Establece los requisitos para la contratación del personal que presta servicio de seguridad privada, así como el perfil ocupacional para su formación, capacitación y reentrenamiento.
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Verifica y controla los requisitos mínimos de seguridad que deben de contar las entidades del Sistema Financiero.
- Armas y Municiones
- La DICSCAMEC expide, amplía, renueva y/o cancela licencias para la fabricación, comercialización, importación, exportación, almacenamiento y el traslado de armas y municiones de uso civil y artículos conexos, así mismo ejerce el control respectivo y sanciona las infracciones a la legislación vigente.
- Expide licencias para la posesión, transferencia, uso y reparación de armas de uso civil.
- Según el uso al cual será destinada el arma expide las siguientes licencias:
- Para uso de Defensa Personal, que se otorgan a personas naturales que requieran protegerse de riesgos y hechos que pudieran atentar contra su integridad física y/o propiedad.
- Para uso de Seguridad Personal, que se expiden a personalidades nacionales y/o extranjeras que desempeñan importantes cargos públicos o privados y que, por la naturaleza de sus funciones y/o actividades que realizan, están expuestas en mayor grado a ser objetos de actos delictivos. Así mismo se otorgará a los encargados de brindar seguridad a las personas mencionadas sólo mientras se encuentren cumpliendo con el cometido de sus funciones en seguridad personal, otorgada sólo a funcionarios públicos o privados que necesiten seguridad.
- Para uso de Seguridad Privada, que se otorgan en un máximo de seis (06) por arma, al personal de las empresas autorizadas a la prestación de servicios de seguridad privada, para el cumplimiento de sus funcione
- Para uso de Deporte de Tiro, que se conceden a las personas integrantes de clubes y asociaciones agrupadas en federaciones de tiro, para sus prácticas y participación en competencias programadas.
- Para uso de Armas de Caza, que se otorgan a las personas que se dedican a esta actividad con fines de deporte, recreación o supervivencias en área rural con sujeción alas normas del Ministerio del Agricultura, en casos pertinentes.
- Para uso de Armas de Colección, que se expiden a las personas naturales o jurídicas que se dediquen a esta actividad previa expedición autoritaria correspondiente.
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